Rio Negro

Asociaciones Civiles y Fundaciones rionegrinas podrán instrumentarse de manera gratuita

A partir la sanción de la Ley Provincial N° 5287, la Inspección General de Personas Jurídicas podrá instrumentar las Actas Constitutivas y Estatutos.

En el marco de la Ley Provincial N° 5287 y mediante las Resoluciones 846, 847 y 848 llevadas adelante por la Inspección General de Personas Jurídicas, se establece que la instrumentación de las Actas Constitutivas y los Estatutos de las entidades civiles puede ser realizadas en la Inspección General de Personas Jurídicas.

Esto permite que quienes deseen constituir una asociación civil no deban recurrir a un escribano para la instrumentación, como era anteriormente, sino que puedan realizarla de manera gratuita en la Inspección.

Por otro lado, en el marco de las mencionadas normativas, se creó el área de Registro Público Provincial de Asociaciones Civiles y Fundaciones que permitirá identificar a las entidades civiles conformadas y autorizadas para funcionar en la provincia.