Ganancias y Bienes Personales: renuevan facilidades para pagar deudas
Se habilitó la adhesión a la moratoria prevista en la ley de alivio fiscal y así, pymes, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro, podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 31 de enero de 2022 no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de las y los contribuyentes, al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
Lo hizo a través de la resolución general 5-109/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial, que habilita a las y los contribuyentes que lo soliciten la posibilidad de regularizar sus obligaciones de Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D, y excluye a quienes estén categorizados como «riesgo muy alto», categoría E.
El Siper es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
A fines de setiembre de este año, la AFIP reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual las trabajadoras y los trabajadores empiezan a pagar Impuesto a las Ganancias, modificación que comenzó a regir con los salarios de ese mes que se pagaron en octubre.
De esta forma, a partir de entonces quienes perciben una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se ven alcanzados por el tributo, medida que benefició a más de 1.200.000 personas.
La normativa también excluyó del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en diciembre.